Reválidas y Convalidaciones -Títulos Universitarios Extranjeros
REVÁLIDA Y CONVALIDACIÓN DE TITULOS OTORGADOS POR UNIVERSIDADES DEL EXTERIOR
Los y las profesionales que obtuvieron su título universitario en el extranjero podrán obtener el reconocimiento en la República Argentina mediante alguno de los siguientes procedimientos en función de la existencia o no de convenios multilaterales (o bilaterales) con el país que expide el título (de graduación, lo que sea), Reválida y Convalidación.
¿Cuándo se solicita Reválida?
En el caso de que el título sea expedido por la Universidad de un país con la que Argentina no tiene convenio Bilateral, la misma se tramita mediante una Universidad Nacional que tiene autonomía en el procedimiento.
¿Quién interviene en el trámite?
La Universidad Nacional de la Patagonia Austral, mediante Ordenanza N°023-CS-UNPA aprueba el Reglamento de Reválida de Títulos Extranjeros, en el mismo se establece la documentación a presentar por el/la interesado/da y el procedimiento para realizar el trámite.
Para iniciar el trámite, el/la interesada deberá presentar la documentación requerida y detallada en el reglamento mencionado ante la Secretaría General Académica de la UNPA.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
El/la interesado/a deberá presentar, debidamente legalizada, la siguiente documentación:
a) documentación que acredite la identidad del solicitante;
b) diploma original cuyo reconocimiento se solicita;
c) fotocopia del diploma (anverso y reverso)
d) planes de estudios correspondiente a la carrera cuyo título se va a reconocer, acompañado de los respectivos programas y de la certificación en la que conste haber aprobado todas las materias incluidas en dicho plan;
e) certificado analítico de estudios secundarios expedido por establecimiento educativo, en prueba de una enseñanza media previa a la universitaria;
f) fotocopia de la documentación de los incisos d y e;
g) dos (2) fotografías del interesado, tamaño cuatro por cuatro centímetros, tipo carnet.
Toda la documentación deberá ser presentada en idioma castellano. Los originales en idioma extranjero, deberán llevar agregada la respectiva traducción efectuada por traductor público nacional. Si la documentación se acompañara de traducción realizada en el extranjero, ésta deberá ser ratificada por traductor público nacional.
Para mayor información sobre la documentación a presentar y las correspondientes legalizaciones leer: Ordenanza N°023-CS-UNPA
Correo de contacto: academica@unpa.edu.ar
¿Cuándo se solicita Convalidación?
En el caso de que el título sea expedido la una Universidad de un país con el que Argentina tiene convenio Bilateral, la misma se tramita mediante el Ministerio de Educación de la Nación.
Para consulta los países con los que la Argentina tiene convenio y resolución de reconocimiento mutuo de títulos Universitarios consulte el siguiente enlace: https://www.argentina.gob.ar/educacion/universidades/direccion-nacional-de-gestion-universitaria/convalidacion
Existen dos tipos de Convalidaciones:
a) Para el ejercicio de la profesión: Puede ser Directa o Indirecta según el convenio con cada país.
b) Para proseguir estudios de posgrado en salud: Convalidación Provisoria RM 351/13
¿Quién interviene en el trámite?
Mediante resolución Ministerial N°3720/17 se aprueba el Procedimiento Unificado para la Convalidación de Títulos Universitarios Extranjeros.
El trámite lo inicia el/la interesado/a en la Dirección Nacional de Gestión Universitaria (DNGU) dependiente del Ministerio de Educación de la Nación, para mayor información pueden ingresar al siguiente enlace: https://convalidaciones.siu.edu.ar/
Una vez aceptada la documentación por la DNGU se deriva el trámite a la Universidad Nacional que el/la interesado/a ha seleccionado entre las opciones que se les brindó.
La Universidad Nacional debe convocar a una Comisión Universitaria de Expertos para evaluar la razonable equivalencia o no del título extranjero y para determinar si es necesario el cumplimiento de Obligaciones Académicas. En el ámbito de la UNPA, los trámites se derivan a las Unidades Académicas en función de la titulación a convalidar para la intervención de la Comisión Universitaria de Expertos que en la sede académica se determine. Este trámite es articulado por la Secretaría General Académica de la UNPA.
El procedimiento de Convalidación en la UNPA está aprobado por Res. 239/21-CS-UNPA
Resolución Ministerial N°3720/17 y ANEXO: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/172117/20171010?anexos=1
¿Qué requisitos se deben cumplir?
En la Resolución Ministerial N°3720/17 y ANEXO se encuentra detallada la documentación a presentar ante la DNGU, las certificaciones y/o legalizaciones. Para mayor información leer: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/172117/20171010?anexos=1
Correo de contacto: academica@unpa.edu.ar